Artículo 54 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa guarda tus datos personales en un archivo digital ordenado y fácil de usar, puedes pedirle que te dé una copia de esa información en un formato que puedas seguir ocupando, como un Excel o un PDF. Si además tú mismo le diste tus datos y la empresa los usa porque aceptaste o porque firmaste un contrato, tienes derecho a pasarlos a otro sistema (como otra aplicación o servicio) sin que la empresa te ponga trabas. Eso significa que puedes llevarte tus datos a donde quieras, siempre que estén en un formato digital común y que el sistema los maneje de forma automática.
Texto oficial
Artículo 54. Cuando se traten datos personales por vía electrónica en un formato estructurado y comúnmente utilizado, el titular tendrá derecho a obtener del responsable una copia de los datos objeto de tratamiento en un formato electrónico estructurado y comúnmente utilizado que le permita seguir utilizándolos. Cuando el titular haya facilitado los datos personales y el tratamiento se base en el consentimiento o en un contrato, tendrá derecho a transferir dichos datos personales y cualquier otra información que haya facilitado y que se conserve en un sistema de tratamiento automatizado a otro sistema en un formato electrónico comúnmente utilizado, sin impedimentos por parte del responsable del tratamiento de quien se retiren los datos personales. TÍTULO CUARTO RELACIÓN DEL RESPONSABLE Y ENCARGADO Capítulo Único Responsable y Encargado
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.