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Artículo 48 de la LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema de profesionalización tiene reglas fijas que vienen en un documento llamado Programa Rector de Profesionalización del Servicio. Ese programa dice qué se debe hacer, cuáles son las metas y las actividades para capacitar al personal. Todo lo que haga el sistema tiene que seguir esos lineamientos al pie de la letra. Básicamente, es como un plan maestro que marca el camino para que los servidores públicos se preparen mejor.

Texto oficial

Artículo 48.- El Sistema de profesionalización se regirá por los lineamientos, objetivos, actividades y programas previstos en el Programa Rector de Profesionalización del Servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.