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Artículo 104 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el plan sobre transparencia y rendición de cuentas, y cualquier cambio que se le haga, debe publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. La Gaceta es como el periódico oficial del gobierno donde se anuncian leyes y acuerdos importantes. Esto asegura que todas las personas puedan enterarse de cómo funciona ese programa.

Texto oficial

Artículo 104. El Programa de la Cultura de Transparencia y Rendición de Cuentas y, en su caso, las modificaciones al mismo, deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.