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Artículo 11 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto y todas las dependencias del gobierno deben trabajar siguiendo estas reglas básicas: siempre decir la verdad, hacer bien su trabajo, no favorecer a nadie, actuar sin presiones externas, respetar las leyes, compartir la mayor información posible, ser justos, tener personal capacitado y ser honestos en todo lo que hacen. En pocas palabras, deben ser claros y rectos en cómo manejan las cosas.

Texto oficial

Artículo 11. El Instituto y los sujetos obligados deberán regir su funcionamiento de acuerdo a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.