Artículo 34 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Sistema Local va a tener un Consejo Permanente, que es como un grupo fijo de personas que trabajan ahí. Ese consejo está formado por los mismos miembros del Sistema, y el Instituto va a organizar las actividades por medio de una Secretaría Técnica (que es el equipo encargado de apoyar en lo operativo). Las decisiones se toman cuando todos están de acuerdo (eso es el consenso), pero si no se llega a un acuerdo, se decide por mayoría de votos, o sea, gana la opción que tenga más votos a favor.
Texto oficial
Artículo 34. El Sistema Local contará con un Consejo Permanente, conformado por los integrantes del mismo, en el cual el Instituto coordinará las acciones a través de la Secretaría Técnica. Sus decisiones serán tomadas por consenso, o cuando sea necesario por el voto de la mayoría de sus integrantes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.