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Artículo 59 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a tener una ventanilla especial llamada Oficina de Atención Ciudadana, que es como un servicio de ayuda para cualquier persona. Ahí te van a orientar y apoyar para que sepas cuáles son tus derechos y cómo hacerlos valer, sobre todo en temas de transparencia, acceso a la información pública y protección de tus datos personales. En pocas palabras, si no entiendes cómo pedir información o cómo proteger tus datos, ahí te explican paso a paso lo que puedes hacer.

Texto oficial

Artículo 59. El Instituto tendrá una Oficina de Atención Ciudadana, encargada de orientar y auxiliar al público en general, sobre sus derechos y la forma de acceder a ellos respecto a la rendición de cuentas en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de sus datos personales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.