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Artículo 8 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las dependencias del gobierno deben cumplir con esta ley de forma rápida y sin pretextos. Las personas que trabajan con documentos oficiales son las responsables de cuidarlos como se marca en la ley. Si esos documentos se pierden, se dañan, se cambian o los esconden, habrá castigos. Básicamente, el gobierno tiene la obligación de proteger la información pública, y si alguien la descuida o la esconde, le va a ir mal.

Texto oficial

Artículo 8. Los sujetos obligados garantizarán de manera efectiva y oportuna, el cumplimiento de la presente Ley. Quienes produzcan, administren, manejen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de esta Ley. La pérdida, destrucción, alteración u ocultamiento de la información pública y de los documentos en que se contenga, serán sancionados en los términos de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.