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Artículo 85 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 85 dice que el trabajo entre el Instituto y sus empleados se maneja con las reglas del apartado B del artículo 123 de la Constitución y con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Eso significa que los derechos laborales de los trabajadores están protegidos por esas leyes especiales para empleados del gobierno. Además, todos los trabajadores del Instituto están dados de alta en el ISSSTE, que es el seguro que les da servicios médicos, préstamos y pensiones. En pocas palabras, si trabajas ahí, te tocan las mismas prestaciones que a cualquier burócrata federal.

Texto oficial

Artículo 85. Las relaciones de trabajo establecidas entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por las disposiciones del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Dicho personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.