Artículo 97 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo Ciudadano es un grupo de personas que vigilan y dan su opinión sobre cómo trabaja el Instituto de transparencia. Entre sus tareas, pueden revisar el plan de trabajo anual y el presupuesto del año siguiente, y hacer comentarios sobre si se está gastando bien el dinero. También pueden dar opiniones (que no son obligatorias de seguir) sobre temas como el acceso a la información pública y la protección de tus datos personales. Además, pueden proponer mejoras, crear indicadores para medir qué tan bien va el programa de transparencia de la Ciudad de México, y organizar pláticas entre el Instituto, la sociedad civil y las dependencias para que todo sea más claro y abierto.
Texto oficial
Artículo 97. El Consejo Consultivo Ciudadano tendrá las siguientes funciones: I. Opinar sobre el programa anual de trabajo y su cumplimiento; II. Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente; III. Conocer el informe del Instituto sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestal y emitir las observaciones correspondientes; IV. Emitir opiniones no vinculantes, a petición del Instituto o por iniciativa propia sobre temas relevantes en las materias de transparencia, acceso a la información, apertura gubernamental, rendición de cuentas y protección de datos personales; V. Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas del Instituto; VI. Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantiva; VII. Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con las materias de transparencia, acceso a la información, apertura gubernamental, rendición de cuentas y protección de datos personales; VIII. Elaborar los Indicadores de evaluación y seguimiento del Programa Local de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales, Apertura Gubernamental y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; y IX. Impulsar mesas de diálogo entre las organizaciones de la sociedad civil, el Instituto y los sujetos obligados para fortalecer los mecanismos de transparencia y acceso a la información pública.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.