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Ley
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México le dará a las tienditas o negocios de barrio las herramientas tecnológicas que necesiten (como computadoras o internet) y también apoyo para protegerse de ciberataques. Todo esto es para que esos comercios puedan crecer, mejorar y volverse más fuertes. En pocas palabras, el gobierno va a ayudar a los negocios chicos con tecnología y seguridad en línea.

Texto oficial

Artículo 27.- La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, proporcionará para estos efectos la infraestructura tecnológica y apoyo a la seguridad cibernética necesaria para el correcto desarrollo de las acciones a los comercios de barrio establecidos en la Ciudad de México, con el objetivo de impulsar su crecimiento, desarrollo y consolidación.

Ver texto oficial de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 7) ↗

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