Artículo 106 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la Comisión de Derechos Humanos puede hacer acuerdos con el Gobierno de la Ciudad para trabajar juntos en temas como seguridad pública, justicia, cárceles, centros de reinserción social y juzgados cívicos. También dice que la Comisión va a promover acuerdos con las Alcaldías para que pongan en sus sitios web información sobre derechos humanos, recomendaciones y otros datos importantes. En otras palabras, busca que tanto el gobierno como las alcaldías compartan información clara sobre derechos humanos en internet y colaboren en áreas clave de justicia y seguridad.
Texto oficial
Artículo 106.- En la celebración de convenios con el Gobierno de la Ciudad se atenderán, sin exclusión de otras, aquellas áreas estrechamente vinculadas con los derechos humanos como la dependencia que tenga a su cargo la seguridad pública, la procuración de justicia, el sistema de reclusorios y centros de reinserción social de la Ciudad de México y juzgados cívicos. La Comisión impulsará la celebración de convenios con las autoridades de cada una de las Alcaldías, para incorporar en sus respectivas páginas electrónicas contenidos referentes a la promoción, difusión y orientación de los derechos humanos, así como la inserción de Recomendaciones y demás información relacionada con los derechos humanos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.