Artículo 24 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona encargada de la Secretaría Ejecutiva tiene varias tareas importantes. Una de ellas es ser el secretario del Consejo, es decir, apoyar en las reuniones. También debe guardar y cuidar todos los documentos de la Comisión, como si fuera el archivero principal. Junto con el Presidente de la Comisión, prepara la lista de temas que se van a tratar en las juntas, escribe las actas (los reportes de lo que se habló) y las firma. Además, tiene que asegurarse de que se cumplan las decisiones que tomen el Presidente y el Consejo, y debe hacer que la Comisión se relacione con otros grupos, como organizaciones de la ciudad, del país o del extranjero. Por último, ayuda al Presidente a hacer los informes anuales y cualquier otro que le pidan, además de hacer lo que sea necesario para que su trabajo salga bien.
Texto oficial
Artículo 24.- La persona titular de la Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Fungir como Secretario del Consejo; II. Integrar, mantener y custodiar el acervo documental de la Comisión; III. Preparar, de acuerdo con la persona Presidenta de la Comisión, el orden del día a que se sujetarán las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, elaborando las actas respectivas y autorizándolas con su firma; IV. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos que dicte la persona titular de la Presidencia de la Comisión, así como los que emanen del Consejo; V. Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con organismos públicos, sociales y privados de la Ciudad, de las Alcaldías, nacionales e internacionales; VI. Colaborar con la persona Presidenta de la Comisión en la elaboración de los informes anuales y demás que se soliciten; y VII. Las demás que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones y que se señalen en la presente Ley, por la persona Presidenta de la Comisión y por el Consejo. Capítulo V De las Visitadurías Generales
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.