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Artículo 25 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre cómo se organiza la Comisión. Dice que va a tener varias *visitadurías generales*, que son como departamentos o áreas de trabajo, cada una especializada en un tema distinto (como derechos humanos, salud, etc.). Cada visitaduría tendrá a su cargo a un jefe o jefa, varios ayudantes que se llaman *visitadores adjuntos* y el personal necesario para hacer su labor. Para identificarlas fácilmente, a cada visitaduría se le asignará un número y se dirá de qué temas se encarga. Además, el presidente o presidenta de la Comisión puede nombrar o quitar libremente a los jefes de estas visitadurías, sin necesidad de dar explicaciones.

Texto oficial

Artículo 25.- La Comisión contará con visitadurías generales especializadas en el número y materia que se determine en el Reglamento Interno. Las visitadurías generales contarán con una persona titular, personas visitadoras adjuntas y demás personal que se requiera para el desarrollo de sus funciones. Cada visitaduría general será identificada con un número consecutivo y el o los rubros temáticos bajo su responsabilidad. Las personas titulares de las visitadurías generales serán designadas y removidas libremente por la persona titular de la Presidencia de la Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.