Artículo 9 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El que preside la Comisión dura en el puesto cuatro años y puede ser reelegido una sola vez por otros cuatro años. O sea, puede estar hasta ocho años en total, pero no más.
Texto oficial
Artículo 9.- La persona titular de la Presidencia de la Comisión durará en su encargo cuatro años, pudiendo ser reelecta una sola vez para un segundo periodo de igual duración.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.