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Artículo 101 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que el artículo 101 ya no es válido, que fue eliminado de la ley, y que se abre un nuevo capítulo llamado "Del Centro de Gestión Integral de Riesgos". En pocas palabras, lo que antes decía el artículo 101 ya no cuenta, y ahora empieza una sección que habla sobre ese centro, que es una oficina encargada de prevenir y manejar situaciones de peligro. No te preocupes, no hay más reglas aquí, solo un cambio en la ley.

Texto oficial

Artículo 101. Se deroga. CAPÍTULO IV DEL CENTRO DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.