Artículo 110 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica los pasos que se siguen para manejar cualquier tipo de riesgo o desastre. Primero se identifican los posibles peligros, luego se prevén y previenen, después se toman medidas para reducir el daño. Cuando ocurre la emergencia, se atiende a los afectados, y al final se trabaja en la recuperación y reconstrucción de lo perdido.
Texto oficial
Artículo 110. Para efectos operativos del Sistema, las etapas de la Gestión Integral de Riesgos son las siguientes: I. Identificación de Riesgos; II. Previsión; III. Prevención; IV. Mitigación; V. Preparación; VI. Atención de la Emergencia o auxilio; VII. Recuperación; y VIII. Reconstrucción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.