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Artículo 142 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ocurre un desastre, todo empieza cuando la Jefatura de Gobierno (es decir, el máximo jefe de la ciudad) anuncia oficialmente que hay una emergencia. A partir de ese momento, las autoridades trabajan sin parar hasta que todas las personas tengan cubiertas sus necesidades más importantes, como estar a salvo, recibir atención médica y no estar en peligro físico. La atención termina hasta que ya nadie esté en riesgo de perder la vida o la salud por el desastre. En pocas palabras, es todo el proceso de ayuda que va desde que se declara la emergencia hasta que la gente vuelve a estar segura.

Texto oficial

Artículo 142. La atención de Desastres inicia con la Declaratoria que emita la Jefatura de Gobierno y comprende hasta el momento en que se culminen las acciones tendientes a cubrir las necesidades básicas para protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.