Artículo 144 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ocurre un desastre, como un terremoto o una inundación, las Alcaldías y el Gobierno de la Ciudad de México son los encargados de atender la emergencia. Para pagar los gastos de esa atención, usan el dinero del FONADEN, que es un fondo especial para desastres. Todo se hace siguiendo unas reglas llamadas “Reglas de Operación”, que explican cómo se puede gastar ese dinero. En pocas palabras, el gobierno y las alcaldías usan un fondo ya destinado para eso, pero deben cumplir ciertos pasos.
Texto oficial
Artículo 144. Las acciones de atención de Desastres corresponden a las Alcaldías y al Gobierno de la Ciudad de México y se cubrirán con cargo a los recursos del FONADEN, en términos de las Reglas de Operación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.