Artículo 154 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las acciones de reconstrucción son las que se van a planear en el Programa General y se van a hacer siguiendo las reglas que marca la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México. Esto significa que no se van a hacer al aventón, sino con una estrategia ya definida. El "Programa General" es como el plan maestro que guía todo, y los "principios" son las ideas base que hay que respetar, como la seguridad o el orden. Todo esto viene en el Capítulo VII, que habla sobre el Puesto de Mando, que es el lugar desde donde se coordinan las decisiones.
Texto oficial
Artículo 154. Las acciones de reconstrucción se establecerán en el Programa General y se basarán en los principios establecidos en la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México. CAPÍTULO VII DEL PUESTO DE MANDO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.