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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
155

Artículo 155 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Puesto de Mando es como el centro de operaciones durante una emergencia o desastre. Ahí se coordina todo el trabajo: quién hace qué, qué recursos se usan y cómo se atiende a la gente afectada. Este equipo se encarga de organizar a las personas, el equipo técnico y los materiales disponibles en la zona. En pocas palabras, es el que dirige las acciones para que todo salga ordenado y rápido.

Texto oficial

Artículo 155. El Puesto de Mando será el órgano operativo encargado de la coordinación, atención y administración de los recursos humanos, técnicos y materiales dentro de la zona de Emergencia o Desastre.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 25) ↗

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