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Artículo 196 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Carta de Corresponsabilidad es un documento que tienes que firmar tú como persona obligada, junto con el responsable de protección civil (el ROPC). El programa interno de protección civil, que son las medidas de seguridad en un lugar, debe ser aplicado por los administradores, dueños o rentistas de un edificio o negocio. Ellos son los que tienen la responsabilidad de cumplir con las acciones que se fijen en ese programa. En otras palabras, si tienes un local o propiedad, tú eres el encargado de garantizar la seguridad contra emergencias.

Texto oficial

Artículo 196. La Carta de Corresponsabilidad deberá ir firmada por el ROPC y por el obligado. La previsión de acciones del Programa Interno de Protección Civil serán obligación de los administradores, directores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de inmuebles o establecimientos obligados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.