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Artículo 33 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Consejos de las Alcaldías son grupos de personas que dan consejos al Sistema (posiblemente un sistema de gobierno o administrativo) sobre cómo cumplir sus metas en su zona. Su trabajo es asegurarse de que todo lo que se planea se haga correctamente en la colonia o delegación que les toca. No toman decisiones finales, solo opinan y vigilan.

Texto oficial

Artículo 33. Los Consejos de las Alcaldías son órganos asesores del Sistema que velan por el cumplimiento de los objetivos del mismo en su ámbito territorial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.