Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3214/99
- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 99
Artículo 99 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se elimina o anula lo que antes decía. Al estar "derogado", ya no es válido ni se aplica en ninguna situación legal. En pocas palabras, ya no existe como regla.
Texto oficial
Artículo 99. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.