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Artículo 21 de la LEY PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LA CIUDAD DE MEXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a organizar un espectáculo público, tienes que entregar un formato de aviso junto con el programa del evento. En ese programa debes incluir: el tipo de espectáculo y de qué trata, cómo lo vas a promocionar, las fechas y horarios, el precio de los boletos, y cuántas personas pueden entrar al lugar (el aforo autorizado).

Texto oficial

Artículo 21.- El interesado estará obligado a acompañar al formato de aviso de presentación de Espectáculo público, el programa del evento, en el que se deberá especificar lo siguiente: I. El tipo y contenido del Espectáculo público a presentar; II. La publicidad por medio de la cual se pretende difundir; III. Los horarios y fechas en que se pretenda llevar a cabo; IV. El precio de las localidades que se expenderán, y V. El aforo autorizado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.