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Ley
LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
13

Artículo 13 de la LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General es como el "director" o "jefe" de la Escuela. A esa persona la pone y la puede quitar el Jefe de Gobierno de la Ciudad. Su cargo dura cuatro años, pero puede estar otros cuatro más si lo vuelven a nombrar.

Texto oficial

Artículo 13. La Dirección General es el órgano ejecutivo de la Escuela. Su titular será designado y removido por el Jefe de Gobierno. Durará en su cargo cuatro años y podrá ser designado para un periodo adicional.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 3) ↗

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