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Ley
LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario General necesita cumplir los mismos requisitos que se piden para ser Director Ejecutivo. Esto significa que, para ocupar ese puesto, debe tener las mismas cualidades, experiencia o estudios que se exigen al otro cargo. En pocas palabras, si alguien puede ser Director Ejecutivo, también puede ser Secretario General en cuanto a lo que la ley pide.

Texto oficial

Artículo 19. El Secretario General deberá reunir los mismos requisitos exigidos para ser designado Director Ejecutivo.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 4) ↗

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