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Artículo 21 de la LEY ORGÁNICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comisario Público es como el "vigilante" de la Escuela, se encarga de checar que todo funcione correctamente. Para ese puesto, el jefe de la Secretaría de Contraloría de la Ciudad de México propone a una persona principal y a un suplente. Después, el Congreso de la Ciudad de México los tiene que aprobar, siguiendo las reglas que ya tiene establecidas.

Texto oficial

Artículo 21. El Comisario Público es el órgano de vigilancia de la Escuela. El Titular de la Secretaría de Contraloría General de la Ciudad de México propondrá para el cargo a un propietario y a un suplente, los cuales serán ratificados por el órgano legislativo de la ciudad de México, en los términos de su legislación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.