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Ley
LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro de Personas Fallecidas y No Identificadas es como una base de datos que sirve para buscar y saber quiénes son las personas que han muerto y no han sido reconocidas. Los servicios forenses o de peritos de la Ciudad de México actualizan la información al instante, apenas la consiguen, siguiendo las reglas o protocolos establecidos. La Comisión de Búsqueda puede revisar este registro cuando quiera, para cumplir con su obligación de encontrar a las personas desaparecidas.

Texto oficial

Artículo 63. El Registro de Personas Fallecidas y No Identificadas es una herramienta de búsqueda e identificación. La información contenida se actualiza en tiempo real por parte de los servicios periciales o los servicios médicos forenses de la Ciudad de México, en cuanto se recabe la información, de conformidad con los lineamientos aplicables o el protocolo que corresponda. Para cumplir con sus Obligaciones de búsqueda, la Comisión de Búsqueda puede consultar en cualquier momento este registro.

Ver texto oficial de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 13) ↗

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