Artículo 25 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Organización, Formación e Inclusión Productiva tiene varias tareas para ayudar al campo. Su trabajo principal es fomentar que la gente del medio rural se organice, cree empleos y negocios propios, para que no tenga que emigrar a la ciudad y pueda ganar más dinero. También se encarga de apoyar a grupos y empresas del campo para que vendan mejor sus productos, consigan financiamiento y participen en ferias o exposiciones. Además, impulsa programas de capacitación y servicios técnicos para mejorar la producción de alimentos y otros productos del campo, con el fin de que las familias y comunidades rurales tengan mejores oportunidades de desarrollo.
Texto oficial
Artículo 25. La Dirección General de Organización, Formación e Inclusión Productiva tiene las atribuciones siguientes: I. Implementar las acciones tendientes a promover la organización rural participativa para contribuir al desarrollo local; II. Realizar las acciones que promuevan la generación de empleo y autoempleo en el ámbito local para reducir la migración del campo e incrementar los ingresos de los sujetos agrarios; III. Impulsar procesos de cooperación económica que favorezcan una nueva dinámica de organización comunitaria con miras a detonar el desarrollo en el medio rural; IV. Implementar las actividades de apoyo a las organizaciones sociales y económicas del medio rural para que se incorporen adecuada y eficazmente a la dinámica de los mercados de consumo; V. Coordinar la implementación de programas para incrementar la cooperación y productividad en el medio rural, mediante el impulso de empresas sociales y proyectos productivos; VI. Proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Inclusión Productiva y Desarrollo Rural, y, en su caso, realizar la implementación de estrategias para la participación de productores agroforestales del sector social y pequeños productores del sector privado, en ferias, eventos y exposiciones; VII. Coordinar la promoción de acciones que permitan el acceso de los pequeños productores agroforestales, a las diversas formas de organización social del medio rural; VIII. Establecer acciones de apoyo a proyectos productivos agroforestales que generen cadenas de valor y el desarrollo de empresas rurales, mediante la búsqueda de mercados y la asesoría para obtener financiamiento rural; IX. Realizar acciones, en coordinación con otras autoridades, organismos y organizaciones sociales, para fomentar el consumo de productos agroforestales nacionales generados por la economía social y solidaria; X. Realizar la promoción del desarrollo social en zonas rurales mediante mecanismos que fomenten la organización comunitaria; XI. Establecer programas de formación que promuevan la integración social, el desarrollo comunitario y la inclusión productiva y social en el ámbito rural, y XII. Realizar la promoción de servicios técnicos para optimizar la producción y calidad de los productos agroforestales que generan las familias y las organizaciones sociales rurales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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