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Artículo 28 de la LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL ENTORNO ESCOLAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 ha sido eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Esto significa que lo que antes decía ese artículo ya no aplica ni se debe tomar en cuenta para ningún trámite o situación. En pocas palabras, dejó de existir como regla.

Texto oficial

Artículo 28. Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.