Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3573/28
- Ley
- LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL ENTORNO ESCOLAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 28
Artículo 28 de la LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL ENTORNO ESCOLAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 28 ha sido eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Esto significa que lo que antes decía ese artículo ya no aplica ni se debe tomar en cuenta para ningún trámite o situación. En pocas palabras, dejó de existir como regla.
Texto oficial
Artículo 28. Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.