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Artículo 145 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que quieran ayudar a dar apoyo psicológico de emergencia después de un desastre, como psicólogos, doctores, servidores públicos, voluntarios o cualquier persona interesada, primero deben sacar una certificación en la Escuela Nacional de Protección Civil. Esta certificación les asegura que tienen las habilidades, actitudes y conocimientos necesarios que marca el estándar EC1097, que habla sobre cómo dar apoyo psicológico a personas afectadas por fenómenos que causan daño.

Texto oficial

Artículo 145. Las personas voluntarias, grupos voluntarios, personas funcionarias públicas, profesionales de la salud mental, integrantes de la sociedad civil y sector privado y académico interesadas en proporcionar dicha estrategia deberán certificarse en la Escuela Nacional de Protección Civil, conforme a las competencias, actitudes y conocimientos establecidos en el Estándar de Competencia EC1097 Implementación del apoyo psicológico de primer contacto a personas afectadas por fenómenos perturbadores, o la que la sustituya.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.