Artículo 150 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La brigada de apoyo psicosocial debe ayudar a estudiantes y maestros después de una emergencia o desastre, enfocándose en dar apoyo psicológico básico y contención emocional. Primero, tienen que detectar qué necesitan las personas afectadas, tanto en lo básico como en lo emocional. También deben identificar cómo reaccionan los niños, niñas, adolescentes y el personal, para ayudarles a calmarse y recuperarse. La brigada debe crear espacios seguros y tranquilos para los menores, y explicarle a la comunidad escolar cómo manejar la situación, adaptando la información según la edad de cada quien. Por último, deben apoyar para que los estudiantes vuelvan pronto a clases, protegiendo su derecho a estudiar y orientando a los maestros sobre cómo actuar en el salón de clases.
Texto oficial
Artículo 150. Las acciones realizadas por la brigada de apoyo psicosocial deben centrarse en: I. Realizar acciones para brindar auxilio a la comunidad educativa basadas en los objetivos y principios del apoyo psicológico de primer contacto, apoyo psicosocial y apoyo socioemocional para niñas, niños y adolescentes; II. Identificar las necesidades básicas, psicológicas y emocionales de las personas afectadas; III. Identificar las reacciones psicológicas y emocionales relevantes que niñas, niños y adolescentes y personal afectado muestren después de la emergencia o desastre, para ayudarles a reducirlas y promover la recuperación; IV. Establecer espacios amigables para niñas, niños y adolescentes como parte de la respuesta de auxilio; V. Guiar a la comunidad educativa sobre cómo afrontar la situación, adaptando la información proporcionada a la edad de niñas, niños y adolescentes o a las necesidades del personal docente y administrativo; y VI. Favorecer el pronto retorno a las aulas, salvaguardando el derecho a la educación y guiando al personal docente sobre cómo intervenir en el aula.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.