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Artículo 102 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que tienes un permiso para manejar un negocio de transporte, como una ruta de camiones. Ese permiso dura un tiempo, pero se puede renovar por el mismo tiempo o menos, siempre y cuando cumplas con todo lo que te pidieron desde el principio y no hayas fallado en nada. También, la autoridad tiene que ver que todavía se necesita ese servicio, que no haya pleitos entre los dueños de la empresa ni sobre quién es el verdadero dueño del permiso o los camiones, y que aceptes cualquier cambio que ellos te pidan para mejorar el servicio. Además, cuando pidas la renovación, tienes que pagar unos derechos por los estudios que ellos hagan para checar que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 102.- El término de vigencia de las concesiones podrá prorrogarse por un período igual o menor al inicial, siempre cuando se den los siguientes supuestos: I. Que el concesionario haya cumplido a satisfacción de la Secretaría con todas y cada una de las condiciones y requisitos establecidos en la concesión, en la presente Ley y en las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; II. Que se determine la necesidad de que el servicio se siga proporcionando; III. Que no exista conflicto respecto a la personalidad del órgano directivo, en caso de personas morales, ni controversia de titularidad respecto a la concesión o infraestructura, bienes, vialidades, itinerarios o rutas y demás elementos que son inherentes a los mismos; y IV. Que en todo caso, el concesionario acepte las modificaciones que por cuestiones de interés general o mejoramiento del servicio, le sean determinadas por la Secretaría. Las solicitudes de prórroga de la concesión y refrendo o revalidación del equipamiento auxiliar de transporte que preséntenlos concesionarios, deberán acompañarse del pago de derechos de los estudios técnicos correspondientes que considere la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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