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Ley
LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
130

Artículo 130 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice las razones por las que un permiso deja de ser válido. El permiso se acaba cuando se termina el tiempo por el que lo dieron o su prórroga, si la hubo. También termina si la persona que lo pidió renuncia a él, o si ya no existe el motivo, el bien o el propósito para el que se otorgó. Otra causa es que la autoridad decida cancelarlo (revocarlo), o que así lo indique el propio documento del permiso. Por último, aplican otras razones que digan las leyes o reglamentos relacionados.

Texto oficial

Artículo 130.- Se consideran causas de extinción de los permisos las siguientes: I. Vencimiento del plazo o de la prórroga que en su caso, se haya otorgado; II. Renuncia del permisionario; III. Desaparición de su finalidad, del bien u objeto del permiso; IV. Revocación; V. Las que se especifiquen en el documento que materialice el permiso; y VI. Las señaladas en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 57) ↗

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