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Artículo 202 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos asuntos) es la que va a crear y actualizar las reglas generales sobre dónde y cómo se deben construir, clasificar y operar los estacionamientos públicos. También debe definir cómo implementar tecnologías que ayuden a que los estacionamientos funcionen mejor y den información útil a los usuarios. Estas reglas se hacen en coordinación con otras autoridades que también participan. Todo debe seguir lo que dicen la Ley de Desarrollo Urbano de la CDMX, los Programas de Desarrollo Urbano, el Reglamento y el Reglamento de Construcciones.

Texto oficial

Artículo 202.- Los lineamientos generales para la ubicación, construcción, clasificación y funcionamiento de los estacionamientos públicos, así como la implementación de tecnologías para facilitar su operación y sistemas de informacional usuario serán emitidos y actualizados por la Secretaría en coordinación con las demás entidades implicadas, desconformidad a lo establecido en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, los Programas de Desarrollo Urbano, el Reglamento y el Reglamento de Construcciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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