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Artículo 204 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer estudios para decidir cómo se deben calcular las tarifas de los estacionamientos públicos. Con base en eso, creará reglas y herramientas para que las alcaldías puedan autorizar los precios que cobran esos estacionamientos. El objetivo es que la gente use menos su coche particular y prefiera el transporte público, la bicicleta o caminar. Para que esto funcione, cada alcaldía, según su zona, será la encargada de dar el permiso a los estacionamientos para que apliquen esas tarifas.

Texto oficial

Artículo 204.- La Secretaría determinará con base en los estudios correspondientes, la metodología y modelos tarifarios, así como el desarrollo de herramientas para la autorización de tarifas por parte de las alcaldías para el cobro del servicio en los estacionamientos públicos, siempre buscando cumplir con los objetivos de reducción del uso del automóvil particular e incentivar el uso de transporte público y no motorizado. Para llevar a cabo la implementación de las tarifas mencionadas en el párrafo anterior, las alcaldías en razón de su territorio, otorgarán la autorización correspondiente a los establecimientos que brinden el servicio de estacionamiento público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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