Artículo 228 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada) va a organizar los programas de capacitación sobre cómo manejar y cómo moverse en la ciudad. Su objetivo es que todos los que usan la calle (peatones, ciclistas, conductores) conozcan sus derechos y obligaciones para convivir mejor. Para lograrlo, trabajará junto con otras oficinas del gobierno, empresas que tienen permisos o concesiones, y también con asociaciones de ciudadanos. Esto significa que no solo el gobierno participa, sino que también se involucran empresas y grupos de personas para mejorar la educación vial. En pocas palabras, es un esfuerzo conjunto para que todos aprendamos a usar las calles de forma más segura y ordenada.
Texto oficial
Artículo 228.- La Secretaría coordinará los programas y acciones necesarias en materia de capacitación vial y movilidad, que promuevan los derechos y obligaciones de todos los usuarios de la vialidad, en coordinación con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública, concesionarios, permisionarios, empresas, asociaciones y organismos de participación ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.