Artículo 250 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si manejas un coche en la Ciudad de México sin seguro de responsabilidad civil (el que paga los daños que le hagas a otras personas o a sus cosas), te van a multar con entre 20 y 40 veces la Unidad de Medida vigente en la ciudad. Como propietario del auto, tienes 45 días naturales para contratar ese seguro; si durante ese tiempo llevas la póliza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, te cancelan la multa.
Texto oficial
Artículo 250.- Por conducir vehículos motorizados en vialidades de la Ciudad que no cuenten con seguro de responsabilidad civil vigente que garantice daños a terceros, se sancionará con multa de veinte a cuarenta veces la Unidad de Medida y Actualización de la Ciudad de México vigente. Para el caso de propietario del vehículo particular tendrá cuarenta y cinco días naturales para la contratación de la póliza de seguro, misma que al presentarla ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana durante el término anterior, le será cancelada la multa;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.