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Artículo 60 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo básicamente dice que todos los tipos de transporte en la ciudad deben seguir el plan general de movilidad que tenga la Ciudad. Para que el transporte público funcione bien y le sirva a la gente, el gobierno va a tratar de unificar cosas como los precios, los horarios, las conexiones entre rutas y las condiciones del servicio. También van a buscar que las rutas de la ciudad y las de los alrededores estén conectadas, y van a poner atención especial en las zonas donde no hay transporte, a las que es difícil llegar o que están mal comunicadas.

Texto oficial

Artículo 60.- El servicio de transporte en todas sus modalidades se ajustará al Programa Integral de Movilidad de la Ciudad. A fin de satisfacer las necesidades de la población y la demanda de los usuarios del servicio de transporte público con un óptimo funcionamiento, la Administración Pública impulsará y promoverá la homologación de tarifas, horarios, intercambios, frecuencias y demás infraestructura y condiciones en las que se proporciona, buscando la conexión de rutas urbanas y metropolitanas con especial atención a las zonas que carecen de medios de transporte, de difícil acceso o que reencuentren mal comunicadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.