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Artículo 71 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si manejas o eres dueño de un coche, moto o cualquier vehículo con motor, eres responsable de arreglar cualquier daño que causes a otra persona o a sus cosas mientras conduces. Esto incluye lesiones físicas o destrozos en sus pertenencias, como golpear su coche o romper algo de su propiedad. No importa si el carro es tuyo o lo prestaste: tú tienes que responder por los perjuicios. Es decir, si chocas y alguien sale lastimado o sufre pérdidas, te toca pagar los gastos médicos o reparaciones.

Texto oficial

Artículo 71.- Los conductores y propietarios de vehículos motorizados, están obligados a responder por los daños y perjuicios causados a terceros en su persona y/o bienes, por la conducción de estos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.