Artículo 77 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la ciudad, junto con los gobiernos de los estados vecinos, debe cuidar y dar mantenimiento a las vialidades que conectan varias zonas urbanas (llamadas corredores viales metropolitanos). También tienen que poner más atención en controlar y preservar esos caminos, para hacer los proyectos de carreteras o avenidas que hagan falta. Todo eso lo harán según los estudios técnicos y las reglas que defina la Comisión Metropolitana encargada del tema. En otras palabras, buscan que las calles y avenidas importantes estén en buen estado y se mejoren cuando sea necesario.
Texto oficial
Artículo 77.- La Administración Pública en coordinación con las entidades federativas colindantes, pondrán especial atención en el control, ubicación, mantenimiento y preservación de los corredores viales metropolitanos, para implementarlos proyectos de vialidad necesarios, conforme a los estudios técnicos correspondientes, las reglas de operación y/o reglamento de la Comisión Metropolitana de la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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