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Artículo 8 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una ley dice "días hábiles", se refiere solo a los días que se trabaja: de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni días festivos. Eso significa que si tienes que entregar un documento o hacer un trámite, los días que cuentan son los laborales. Si el último día para hacer algo cae en sábado, domingo o un día que las oficinas estén cerradas, automáticamente se corre el plazo al siguiente día que sí abran. En pocas palabras, nunca pierdes un plazo porque caiga en día no laborable.

Texto oficial

Artículo 8.- Los términos y plazos establecidos en esta Ley, se considerarán como días hábiles, salvo disposición en contrario. Si el último día del plazo o la fecha determinada es inhábil o las oficinas de la Administración Pública en donde deba realizarse el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará automáticamente el plazo hasta el siguiente día hábil.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.