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Artículo 29 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades del gobierno deben ayudar a los notarios cuando estos necesiten hacer su trabajo, por ejemplo al dar fe de algún documento o situación. La policía y los que usan la fuerza pública tienen la obligación de ayudar al notario si este se los pide. Si un servidor público, como un policía, le pone trabas al notario o no le da la ayuda que necesita, puede ser castigado por abuso de autoridad.

Texto oficial

Artículo 29. Las autoridades de la Administración deberán auxiliar a los Notarios en el ejercicio normal de sus funciones cuando los actos concretos de dación de fe así lo requieran. Particularmente la policía y demás autoridades que tengan a su cargo el uso de la fuerza pública, deberán prestar ayuda a los Notarios cuando sean requeridos por ellos. Se aplicarán las penas que correspondan al delito de abuso de autoridad al servidor público que obstaculice o impida a un Notario el ejercicio de sus funciones o no le preste el auxilio que requiera para esos fines, debiendo prestarlos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.