Artículo 31 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El notario tiene que trabajar para que todos los involucrados en un trámite o contrato reciban un trato justo, sin dejarse influir por regalos, dinero o personas con poder. Su labor es ser imparcial y velar porque todo se haga conforme a la ley, sin favoritismos. Además, solo puede aceptar los trabajos que él mismo pueda revisar y firmar personalmente, sin delegarlos a otros. En pocas palabras, el notario debe ser honesto, independiente y no sobrecargarse de chamba.
Texto oficial
Artículo 31. El ejercicio de la función Notarial y la asesoría jurídica que proporcione el Notario debe realizarlos en interés de todas las partes y del orden jurídico justo y equitativo de la ciudad, y, por tanto, incompatible con toda relación de sumisión ante favor, poder o dinero, que afecten su independencia formal o materialmente. El Notario no deberá aceptar más asuntos que aquellos que pueda atender personalmente en su función autenticadora.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.