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Artículo 5 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que es la jefa de gobierno y las demás autoridades de la Ciudad de México deben hacer cumplir esta ley y asegurarse de que todo mundo la respete. Para lograrlo, pueden pedir ayuda a otras áreas del gobierno, pero siempre dentro de lo que cada una pueda hacer. También tienen que seguir lo que dicen otras leyes importantes como el Código Civil, la Ley de Operación e Innovación Digital y la Ley de Ciudadanía Digital. Por último, los notarios, a través del Colegio de Notarios, se encargarán de todas las acciones necesarias para que el sistema informático funcione bien y se conecte con otras plataformas del gobierno.

Texto oficial

Artículo 5. A la persona titular de la Jefatura de Gobierno y demás autoridades competentes de la Ciudad les corresponde aplicar la presente Ley y vigilar su debido cumplimiento. Las citadas autoridades se auxiliarán de las demás áreas de la Administración Pública de acuerdo a sus competencias, asimismo, se estará a lo dispuesto por el Código Civil, la Ley de Operación e Innovación Digital y la Ley de Ciudadanía Digital, todos vigentes en la Ciudad de México, así como demás disposiciones aplicables en lo relativo a la función notarial e interoperabilidad del Sistema Informático con las diversas plataformas tecnológicas que se desarrollen con la Administración Pública y Alcaldías. El Notariado, a través del Colegio, realizará las acciones técnicas, jurídicas, administrativas y cualquier otra que garanticen su operación y la interoperabilidad del Sistema Informático con las plataformas que sean desarrolladas e implementadas por la Administración Pública para el cumplimiento de sus atribuciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.