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Artículo 37 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La función del Sistema de Información es juntar, organizar y compartir datos sobre la Ciudad, tanto estadísticas como mapas, para que se puedan planear mejor los proyectos de desarrollo y medir si están funcionando. Todo esto sirve para que el gobierno tome decisiones basadas en hechos reales, no en suposiciones. El sistema lo maneja el Instituto, pero también participan las dependencias, entidades y las Alcaldías. La información que se genere va a ser pública y la vas a poder consultar en internet, en formato abierto, a través de la Plataforma de Gobierno.

Texto oficial

Artículo 37.- El Sistema de Información tendrá por objeto generar, organizar, actualizar y difundir información estadística y geográfica para sustentar la planeación del desarrollo de la Ciudad, así como su monitoreo y medición para construir políticas públicas basadas en evidencias. Contendrá información de acuerdo con la naturaleza de las materias de planeación de que se trate. El Sistema de Información estará a cargo del lnstituto con la participación de las dependencias, entidades y Alcaldías. La información que genere será de carácter público y estará disponible en formato abierto a través de la Plataforma de Gobierno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.