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Artículo 23 bis del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Comisión va a organizar su trabajo en tres programas principales para cumplir con sus tareas. El primer programa es de Defensa, donde se atienden quejas y se da orientación legal; lo encabeza la persona titular de la Primera Visitaduría General, siguiendo las instrucciones del Presidente. El segundo programa es de Promoción y Difusión, que se enfoca en educar sobre derechos humanos y vincularse con la sociedad; lo dirige la persona titular de la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil, también bajo las órdenes del Presidente. El tercer programa es de Fortalecimiento Institucional, que se encarga de la administración y el control interno; lo coordina la persona titular de la Secretaría Ejecutiva. El Presidente da las reglas generales para todos estos programas, y deben tomar en cuenta temas como no discriminar, cuidar el medio ambiente y promover la igualdad entre hombres y mujeres.

Texto oficial

ARTÍCULO 23 bis.- Para el cumplimiento de las tareas sustantivas y administrativas de esta Comisión, se establecerán Programas que conforme al objeto legal de la misma se dividirán en: I. Se deroga II. Programa de Defensa, integrado por las Visitadurías Generales, la Dirección Ejecutiva de Vinculación Estratégica, la Dirección General de Quejas y Orientación, la Dirección Ejecutiva de Seguimiento y la Dirección General Jurídica. La o el titular de la Primera Visitaduría General conducirá el adecuado funcionamiento de este programa, bajo las directrices que instruya la o el Presidente. III.Programa de Promoción y Difusión, integrado por la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil y de Políticas Públicas , la Dirección Ejecutiva de Educación por los Derechos Humanos, la Dirección Ejecutiva del Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos, la Dirección Ejecutiva de Asuntos Legislativos y Evaluación, la Dirección General de Administración y la Dirección de Promoción e Información. La o el titular de la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil y de Políticas Públicas conducirá el adecuado funcionamiento de este programa, bajo las directrices que instruya la o el Presidente. IV. Programa de Fortalecimiento Institucional, integrado por la Secretaría Ejecutiva, la Contraloría Interna, la Dirección General de Administración y la Dirección General Jurídica. La o el titular de la Secretaría Ejecutiva conducirá el adecuado funcionamiento de este programa, bajo las directrices que instruya la o el Presidente. Al efecto la o el Presidente determinará las directrices bajo las cuales se realizarán las tareas programáticas, así como los lineamientos y políticas generales a los que habrán de sujetarse estos Programas, debiendo observar políticas transversales de eficiencia en el gasto, protección al derecho humano a un medio ambiente sano, equidad de género, igualdad sustantiva de las personas, no discriminación, respeto e integración de personas con discapacidad y en general de aquellas en situación de vulnerabilidad por discriminación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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