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Artículo 28 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 dice que, para que la Dirección General de Administración pueda hacer su trabajo, debe tener varios equipos. Estos equipos son: uno para manejar el personal y el desarrollo de la organización, otro para los materiales y servicios, y otro para el dinero. También necesita una unidad de apoyo administrativo, un equipo especializado en derechos humanos y otro en tecnologías de la información. Además, puede contratar a las personas que sean necesarias, según lo que decida el Presidente, para que todo funcione bien.

Texto oficial

ARTÍCULO 28. Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Dirección General de Administración contará con: I. Una Dirección de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional; II. Una Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; III. Una Dirección de Recursos Financieros. IV. Una Unidad de Apoyo Administrativo; y V. Una Dirección del Servicio Profesional en Derechos Humanos; VI Una Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación, y VII El personal profesional, técnico y administrativo necesario que al efecto establezca la o el Presidente para la adecuada realización de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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