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Artículo 33 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo está organizada la Contraloría Interna, que es como el departamento que revisa que todo se haga bien en el gobierno. La primera área se encarga de investigar si alguien cometió alguna falta. La segunda área revisa los casos y decide qué consecuencias aplicar, como si fuera un juez interno. Además, el Presidente puede contratar al personal necesario, como expertos y ayudantes, para que todo funcione correctamente. Básicamente, dice que la Contraloría tiene dos equipos principales y puede pedir más gente si hace falta.

Texto oficial

ARTÍCULO 33. Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Contraloría Interna contará con: I. Una Dirección de Rendición de Cuentas, Verificación y Dictamen, que para efectos legales fungirá como autoridad investigadora. II. Una Dirección de Normativa, Revisora y Resolutiva, que para efectos legales fungirá como autoridad substanciadora y resolutora, y III. El personal profesional, técnico y administrativo necesario que al efecto establezca la o el Presidente para la adecuada realización de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.