Artículo 33 bis del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría de Vinculación Estratégica, para poder hacer bien su trabajo, va a tener cuatro áreas. Primero, un equipo que se encarga de conectar con otras personas y de manejar asuntos legales importantes. Segundo, un área que da apoyo psicológico y social a quienes lo necesiten. Tercero, otro equipo de doctores y psicólogos para atender la salud física y mental. Y por último, todos los empleados profesionales, técnicos y administrativos que se requieran para que todo funcione.
Texto oficial
ARTÍCULO 33 bis.- Para el cumplimiento de sus obligaciones la Secretaría de Vinculación Estratégica contará con: I. Una Dirección de Vinculación y Litigio Estratégico; II. Una Dirección de Atención Psicosocial; III. Una Dirección de Servicios Médicos y Psicológicos, y IV. El personal profesional, técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus atribuciones
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.